OBTENER ESTANCIA POR ESTUDIOS EN ESPAÑA

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Estancia por estudios

La estancia por estudios es una autorización que habilita a un ciudadano no europeo a permanecer en España por un período superior a 90 días para la realización o intensificación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, con el fin de obtener un título o certificado de estudios.

Aquellos estudiantes que hayan sido admitidos para realizar o ampliar sus estudios en otro Estado miembro de la Unión Europea, pero que no estén cubiertos por un programa de la Unión o multilateral que incluya medidas de movilidad o por un acuerdo entre 2 o más instituciones de enseñanza superior, podrán mostrar una solicitud de autorización para entrar y permanecer en España con el propósito de cursar o completar parte de sus estudios en una institución de enseñanza superior española, no siendo exigible la obtención de visado.

Entre los requisitos a tener en cuenta:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No tener impedida la entrada en España ni constar como persona rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Disponer de suficientes medios económicos para financiar los gastos de estancia y regreso a su país así como los de los familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
    • Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM , a excepción que se justifique debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
    • Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente:
      • El 75% del IPREM para el primer familiar y
      • El 50% del IPREM para cada una de los miembros restantes, a excepción que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
  • Disponer de un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Si se es estudiante menores de edad no acompañado de sus padres o tutores, se requiere autorización de éstos, con constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.
  • Haber sido aceptado para realizar o ampliar estudios en otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Haber sido admitido en un centro de enseñanza reconocido en España en un programa a tiempo completo que lleve a la obtención de un título. Si la estancia supera los seis meses, se requerirá:
    • Si se trata de una persona mayor de edad penal, no tener antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos 5 años por delitos existentes en el ordenamiento español.
    • No tener ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

Con respecto a la documentación necesaria, se deberá de hacer entrega de copias de todos los documentos mostrando los originales en el momento de realizar la solicitud:

  • Impreso de solicitud de estancia por estudios
  • Pasaporte completo y en vigor
  • Documentación que acredite disponer de medios suficientes económicos
  • Si se es menor de edad, autorización de padres o tutores legales
  • Documentación que acredite disponer de un seguro médico
  • Documentación que acredite su condición de admitido como estudiante en otro estado miembro de la UE
  • Documentación que acredite su condición de admitido en un centro de enseñanza en un programa a tiempo completo
  • Si la estancia es mayor a 6 meses:
    • Certificado médico
    • Certificado de antecedentes (si es mayor de edad) expedido por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años.

Toda la documentación que se aporte deberá de estar traducida a la lengua castellana o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

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