AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO

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Autorización de residencia y trabajo

La autorización de residencia y trabajo en España es aquella autorización que se concede de manera conjunta para poder vivir y trabajar en España. Para que la autorización resulte eficaz es preciso dar de alta al trabajador en la Seguridad Social.

Este tipo de autorización es uno de los trámites más habituales en extranjería laboral, ya que permite regularizar la situación de la persona extranjera para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, dependiendo del supuesto aplicable. En la práctica, las autorizaciones de residencia y trabajo pueden solicitarse desde el país de origen (cuando procede visado) o desde España (en supuestos de modificación, renovación o determinados regímenes especiales).

Existen distintos supuestos:

  • Autorización inicial por cuenta ajena
  • Autorización inicial por cuenta propia
  • Titulares Tarjeta Azul-UE
  • Profesionales muy cualificados
  • Modificación de estudios a residencia y trabajo
  • Renovación de residencia y trabajo

Solicitud de autorización de residencia y trabajo

La solicitud de autorización de residencia y trabajo debe presentarse ante el órgano competente según el tipo de permiso (Oficina de Extranjería, UGE, o procedimiento específico). Es esencial preparar correctamente el expediente, ya que una documentación incompleta o incorrecta puede provocar requerimientos, retrasos o incluso una denegación.

En muchos casos, una vez presentada la solicitud, se obtiene un resguardo de solicitud de autorización de trabajo y residencia. Este resguardo es un justificante de presentación que permite acreditar que el procedimiento está en trámite, algo especialmente útil para gestiones administrativas y para demostrar la situación del expediente.

Solicitud autorización de residencia temporal y trabajo

La mayoría de permisos se tramitan inicialmente como solicitud autorización de residencia temporal y trabajo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. La residencia temporal suele concederse por un periodo inicial (habitualmente un año), y posteriormente puede renovarse si se mantienen los requisitos.

Solicitud autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

La solicitud autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena exige, entre otras cuestiones, acreditar una oferta/contrato de trabajo, la capacidad económica de la empresa y el cumplimiento de obligaciones de Seguridad Social y tributarias. Además, según el supuesto, puede aplicarse la situación nacional de empleo o un régimen especial que la flexibilice.

Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena

La autorización inicial por cuenta ajena está pensada para personas extranjeras que van a trabajar para una empresa o empleador en España. Normalmente, implica un contrato firmado y condiciones laborales conforme a la normativa española.

Alta en Seguridad Social y eficacia de la autorización

Tal como indica la práctica habitual en extranjería laboral, la autorización concedida queda condicionada a que se realice el alta del trabajador en la Seguridad Social en el plazo establecido. Sin ese alta, la autorización puede no desplegar efectos o incluso decaer, por lo que este paso es clave para que la autorización resulte eficaz.

Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia

La autorización inicial por cuenta propia se orienta a personas extranjeras que desean emprender o desarrollar una actividad profesional en España como autónomos. Suele requerir acreditar la viabilidad del proyecto, la inversión (si procede), los permisos o licencias necesarios y la capacitación profesional cuando sea exigible.

En estos casos, preparar un plan de negocio, documentación económica y análisis del proyecto suele ser determinante para una resolución favorable.

Renovación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena

La renovación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es el procedimiento que permite mantener la residencia legal y el permiso de trabajo una vez finaliza el periodo de vigencia del permiso inicial.

La renovación exige acreditar que se cumplen los requisitos, que se han mantenido relaciones laborales o que existen circunstancias que permitan renovar aunque haya periodos de desempleo (por ejemplo, por cobertura de prestaciones, búsqueda activa de empleo u otras circunstancias previstas en la normativa).

Documentación frecuente en la renovación

  • Pasaporte en vigor
  • Tarjeta de identidad de extranjero (si procede)
  • Vida laboral / contratos / nóminas (según el caso)
  • Justificación de cotizaciones o situación de empleo
  • Empadronamiento (si se exige en el procedimiento concreto)

Como en cualquier procedimiento, es habitual obtener el justificante o resguardo solicitud autorización de trabajo y residencia al presentar la renovación.

Autorización de residencia y trabajo permanente

La expresión autorización de residencia y trabajo permanente se usa con frecuencia para referirse a situaciones de residencia de larga duración o a permisos que otorgan estabilidad prolongada. Este tipo de autorizaciones se asocia a una mayor seguridad jurídica, ya que reduce la frecuencia de renovaciones y consolida el derecho a residir y trabajar en España.

Dependiendo del caso, la residencia permanente o de larga duración puede requerir un tiempo mínimo de residencia legal previa, cumplimiento de requisitos y ausencia de determinadas causas de denegación.

PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS

Este tipo de residencia puede ser solicitada, bien desde el país de origen, o bien en España si se es titular de un permiso de residencia o estancia, o se halla de visita con un visado que le autorice para la estancia.Además, los familiares del/la solicitante si lo desean pueden trasladarse a vivir a España y ser titulares de un permiso de residencia y trabajo.

Todo ciudadano extranjero que se plantee entrar o residir, o que ya viva, en España verán facilitada su entrada y permanencia en territorio español por razones de interés económico en aquellos supuestos en los que acrediten ser:

  • Profesionales extranjeros muy cualificados o directivos
  • Inversores Extranjeros
  • Emprendedores
  • Investigadores
  • Traslado intraempresarial dentro de la misma empresa o grupo de empresas

Profesionales extranjeros muy cualificados o directivos

Las autorizaciones para profesionales extranjeros muy cualificados no pertenecientes a la Unión Europea, Suiza o Espacio Económico Europeo, en proyectos empresariales de interés general o personal directivo, o bien graduados o postgraduado de universidades y escuelas de negocio, personal directivo de grandes empresas o grupos de empresas o PYMES en sectores estratégicos, deberán de ser solicitadas por empresas que requieran su incorporación.

A la hora de realizar la solicitud, los extranjeros pueden hallarse viviendo fuera o residiendo en España legalmente.Si se encontrasen fuera de España deben solicitar el visado correspondiente en el Consulado de España en el país de procedencia o residencia.

Si la empresa se halla interesada en contratar a un graduado o postgraduado de universidades y escuelas de negocio, podrá beneficiarse de este régimen de residencia independientemente del tamaño de la empresa o del sector o actividad que desarrollen.

Inversores Extranjeros

Todo ciudadano que haya realizado una inversión significativa en España puede verse beneficiado del régimen de residencia para inversores.

Para saber que la inversión cumple los requisitos, es importante diferenciar distintos supuestos:

  • Inversión en activos financieros
  • Inversión en inmuebles (500.000€)
  • Inversión en proyecto empresarial en España

Inversión en activos financieros

  • Deuda Pública (2 millones de €).
  • Acciones o participaciones sociales de sociedades de capital español (1 millón de €).
  • Fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España (1 millón de €).
  • Depósitos bancarios en entidades financieras españolas (1 millón de €).

Inversión en inmuebles (500.000 €)

La persona solicitante debe de documentar que ha realizado un inversión en bienes inmuebles por valor de 500.000 € libre de toda carga o gravamen, lo cuál queda justificado mediante una copia de la escritura pública de adquisición de bienes.

Inversión en un proyecto empresarial en España: En este tipo de inversión no existe un importe mínimo sino que queda valorado el impacto en el interés general:

  • Creación de puestos de trabajo.
  • Impacto socioeconómico en la zona geográfica donde se va a desarrollar.
  • Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

Emprendedores

Puede solicitar este tipo de autorización de residencia como emprendedor cualquier ciudadano extranjero (no comunitario) que pretenda desarrollar una actividad emprendedora y empresarial de carácter innovador en España, o que pueda tener especial interés económico para el país.

Además de demostrar que se va a realizar una actividad innovadora en el país es necesario acreditar que:

  • Uno no se encuentra de manera irregular en el país.
  • Mayor de 18 años.
  • No tiene antecedentes penales en España ni en los países donde haya residido durante los últimos 5 años, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
  • No consta como persona rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Dispone de un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Cuenta con recursos económicos suficientes para uno mismo y para el resto de miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.
  • Ha abonado la tasa correspondiente por tramitación de la autorización o visado.

Para solicitar la autorización de residencia como emprendedor existen varias vías:

  • VISADO: Si la persona extranjera solicitante se halla fuera de España y necesite venir para realizar los trámites necesarios y poner en marcha la actividad emprendedora.
  • AUTORIZACIÓN: Si la persona se encuentra ya en España y pueda ponerse en marcha el proyecto. No existe un mínimo de inversión, ni de creación de empleo. Se realiza un análisis individual de cada proyecto para lo que debe aportarse un plan de negocio del proyecto, que permitirá evaluar el interés económico para España.

Investigadores

Toda persona extranjera interesada en desarrollar una actividad de investigación en una universidad, en entidades empresariales o centros de I+D+i o en un organismo de investigación establecido en España, podrá verse beneficiada del régimen de residencia para formación e I+D+i, si cuenta con una oferta de trabajo para investigación.

Los familiares (conyuge o pareja de hecho, hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular y ascendientes con cargo), de forma simultánea a la del trabajador también podrán solicitar este tipo de autorizaciones, o bien, con posterioridad a la concesión de éste.

Aquellas instituciones interesadas en incorporar a un investigador de fuera de la UE, podrán beneficiarse del régimen de residencia para formación e I+D+i.

Traslado intraempresarial

La normativa española brinda 2 alternativas para el traslado intraempresarial de personal extranjero, no procedente de la UE, del EEE y de Suiza:

  • La autorización por traslado intraempresarial ICT-UE para directivos, especialistas y trabajadores en formación.
  • La autorización nacional por traslado intraempresarial para otros supuestos, como por ejemplo, el traslado de trabajadores para la ejecución de un contrato (CSS), el traslado de trabajadores por una relación profesional (IPs).

La solicitud de una autorización u otra va a depender del personal que vaya a trasladarse al centro de la empresa o del grupo de empresas situado en España.

Existen diferencias entre estas 2 autorizaciones:

  • La autorización que se otorga por traslado intraempresarial ICTUE incorpora el derecho a la intramovilidad UE, lo que permite que las empresas afincadas en España trasladen a sus directivos, especialistas y trabajadores en formación a sus centros en otros Estados de la Unión de acuerdo con los procedimientos simplificados de cada Estado.
  • Las empresas que se hallan en otro Estado de la UE, previa comunicación a la UGE, podrán desplazar a los titulares de una autorización ICT-UE emitida en otro Estado de la Unión.

Es la empresa que acoge, o bien la que desplaza, el órgano competente que inicia el proceso con la presentación de la solicitud.La solicitud puede ser iniciada cuando el trabajador extranjero, siempre que se encuentre en situación legal, esté ya en España o bien, antes de su llegada al país, en cuyo caso, una vez entregada la solicitud, deberá solicitar un visado.

Asesoramiento legal en autorizaciones de residencia y trabajo

La tramitación de AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO requiere analizar correctamente el supuesto aplicable (cuenta ajena, cuenta propia, modificación, renovación o regímenes especiales). Un error en la vía elegida o en la documentación puede retrasar el procedimiento o derivar en una denegación.

En nuestro despacho de abogados especialistas en extranjería en Zaragoza le asesoramos en la solicitud de autorización de residencia y trabajo, la solicitud autorización de residencia temporal y trabajo, así como en la renovación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena y otros procedimientos vinculados.

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