VISADO DE ESTUDIANTES, TARJETAS DE ESTUDIANTES
A estos ciudadanos extranjeros se les concederá una autorización en régimen de estancia, el denominado visado de estudios, cuya vigencia será la misma que la duración del curso, los trabajos de investigación, prácticas o servicio de voluntariado.
Una vez que se entra en España con este visado es necesario que los estudiantes soliciten la tarjeta de estudiante en el plazo de un mes. En el caso de que se vaya a permanecer un periodo inferior a seis meses, no es necesario tramitar esta tarjeta de estudiante ya que el visado sirve para demostrar la estancia regular.

Es posible que los extranjeros con este visado de estudios sean autorizados a realizar actividades lucrativas laborales, si el empleador presenta la solicitud de autorización de trabajo y se cumplen los requisitos generales para la concesión de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena así como los específicos para este tipo de permiso de residencia y trabajo.
Estos requisitos son, básicamente, que la actividad sea compatible con la realización de los estudios y que los ingresos obtenidos no tengan el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia. El contrato que se formalice deberá ser a tiempo parcial y la vigencia de este coincidirá con la del permiso de trabajo que a su vez no podrá ser superior a la del visado de estudios.
En caso de que quiera venir a España a cursar estudios de algún tipo o realizar prácticas y no tiene claro los trámites que tiene que realizar, consúltenos y le resolveremos todas sus dudas.