Tramitación de expedientes matrimoniales siendo uno o ambos contrayentes extranjeros.
La celebración de un matrimonio cuando alguno de los dos contrayentes, si no los dos, es extranjero requiere la presentación de numerosa documentación en el Registro Civil en aras de garantizar que las partes tienen capacidad para unirse en matrimonio y no existe ningún vicio en el consentimiento de alguno de ellos.
La celebración de un matrimonio mixto, entre un ciudadano español y otro extranjero, supone el inicio de un expediente por parte del Registro Civil para el cual se demandan ciertos documentos de manera obligatoria. La recopilación de los mismos en ocasiones conlleva mucho tiempo o puede generar dudas sobre dónde o como conseguirlos por lo que nuestros especialistas pueden ayudarle a facilitar estos trámites.

A lo largo de expediente previo a la celebración del matrimonio, el responsable del Registro Civil someterá tanto a los testigos como a la pareja a sendas entrevistas sobre la relación a través de las cuales discernirá si puede existir algún vicio en el consentimiento de alguno de los futuros cónyuges. En una situación tan delicada, nuestros asesores le aconsejarán como afrontar este trámite para superarlo sin inconvenientes.
En el caso de que alguno de los contrayentes esté divorciado, la normativa establece la necesidad de presentar el certificado literal del matrimonio anterior con anotación marginal del divorcio o el testimonio de la sentencia declarada firme. Puede ocurrir que la sentencia de divorcio se haya obtenido en el extranjero y en ese caso será necesario que esta sea reconocida por los juzgados españoles a través del procedimiento de exequátur.
Es posible que el Registro Civil deniegue la inscripción del matrimonio, bien porque no se reúne alguno de los requisitos necesarios o porque se ha estimado que se puede estar ante un matrimonio de conveniencia o complacencia cuya finalidad es la adquisición de la nacionalidad española o reagrupación familiar.
Contra el auto de denegación del matrimonio es posible interponer una demanda ante el Juez de Primera Instancia que corresponda. Llegados a este punto nuestro equipo de letrados le ofrece la asistencia y defensa judicial necesaria para desvirtuar los motivos de denegación.